Fue un compromiso anunciado en la cuenta pública del Presidente Gabriel Boric, el aporte extraordinario del bono invierno 2023 ya tiene calendario de pago.
Recordemos que el beneficio está dirigido a personas mayores de 65 años o más, cumplidos al 1° de mayo de 2023. Son 60 mil pesos extras que beneficiarán a miles de personas, en toda la región de Aysén.
Audio: Daniela Catalán / Jefa Sucursal IPS Coyhaique
Esta ayuda refuerza el ya tradicional Bono Invierno. Las personas beneficiadas recibirán este aporte en la misma forma que reciben sus beneficios habituales, ya sea por depósito o de manera presencial.
Cabe señalar que cerca del 70% de los pagos ya se realizaron; en tanto que el resto se llevará a cabo en el mes de julio, exceptuando a aquellas personas con pagos en rutas rurales y pagos en cuentas en el extranjero, quienes recibirán el Aporte Extraordinario durante agosto, junto con su beneficio habitual.
Depósitos bancarios | Del 27 al 30 de junio |
Presencial (Bech y Los Héroes) | Del 27 de junio al 10 de julio |
Internacionales | En el pago regular del mes de agosto del 2023 |
Rurales | En el pago regular del mes de agosto del 2023 |
Audio: Rodrigo Díaz / Seremi del Trabajo y Previsión Social
Recibirán el Aporte Extraordinario los pensionados y pensionadas de 65 o más años de edad, cumplidos al 1 de mayo de 2023, y que, a esa fecha, estaban en uno de los siguientes grupos, siempre y cuando tengan pensiones iguales o inferiores a 201.677 pesos.
¿Quienes pueden acceder al bono?
a) Personas pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS), del Instituto de Seguridad Laboral (ISL), de Dipreca, de Capredena y de las mutualidades de empleadores de la Ley N° 16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
b) Personas pensionadas del Sistema de AFP, siempre que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
c) Personas pensionadas de AFP o compañías de seguros que, adicionalmente, se encuentren percibiendo Aporte Previsional Solidario de Vejez.
d) Todas las personas beneficiarias de la Pensión Garantizada Universasl, que no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional.
e) Personas pensionadas de AFP y compañías de seguros que, adicionalmente, se encuentren percibiendo una PGU.
Para saber cuándo y cómo recibirán este beneficio, las personas pueden consultar en el Call Center 101 o en el sitio www.chileatiende.cl.